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Ministerio de Defensa establece nuevos requisitos para las pensiones por desempeño de cargos

Redacción/elCorreo.do

SANTO DOMINGO: La Junta de Retiro y Fondo de Pensiones de las Fuerzas Armadas informó este jueves el establecimiento de nuevas reglas para otorgar pensiones por desempeño de cargos de direcciones y subdirecciones en cumplimiento a la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas.

Así lo anunció el Ministerio de Defensa (MIDE), mediante un comunicado en el que afirma que las medidas vienen a reforzar el decreto 362-21 emitido el pasado 04 de junio por el Poder Ejecutivo, que establece nuevos requisitos para las asignaciones de cargos de direcciones y subdirecciones en las instituciones militares.

Agrega que la nueva norma tiene la intención de fortalecer el Sistema de Pensiones en las instituciones castrenses, al establecer equidad en las pensiones y cumplir con la legislación que regula los cuerpos castrenses.

Mediante una resolución que entró en vigor el martes 16 de junio, la entidad informa que los oficiales que opten por el retiro voluntario o cancelación de nombramientos, sin haber cumplido con los requisito de edad y rango, y que hayan desempeñados funciones de dirección o subdirección, se le otorgará el retiro en función del sueldo-rango y tiempo de permanencia en la institución.

La nota señala que la medida requiere cumplir con lo estipulado en el Artículo 155, literal 3 de la normativa militar que establece relación de rango-edad: para los generales o almirantes 61 años; coroneles 58; tenientes coroneles 52; mayores 50; capitanes 48; primero y segundo tenientes 45 y 46, respectivamente.

El documento explica por igual, que los suboficiales deberán cumplir 55 años y los asimilados militares 45 y que todos tendrán que haber cumplido con estos requisitos de ley para obtener los beneficios de cargos en las pensiones.

Muchos quieren irse

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Por otro lado, se ha informado de manera extraoficial que las Fuerzas Armadas recibían decenas de solicitudes de retiros de oficiales jóvenes con apenas 22 y 25 años en las instituciones, que optan por el retiro para recibir los beneficios que genera haber ocupado una dirección o subdirección, en el monto de las pensiones.

Sin embargo, esta nueva resolución exige a los militares que ocuparan en adelante tales funciones, que a partir de la fecha (16 de junio) deberán someterse a un programa de cotizaciones al sistema de pensiones de un mínimo de seis meses, en las funciones que hayan ocupado de la misma categoría.

Las pensiones con el beneficio de cargos estarán establecidas por el tiempo de cotizaciones; los que aporten solo seis meses recibirán un 25%, pero los que coticen 12 meses, el 50%; aquellos que acumulen 18 meses recibirán el 75% y los que aporten durante 18 meses al sistema obtendrán una pensión del 100 por ciento.

La resolución 1083-21, emitida este martes aclara que la misma no aplica para aquellos militares que actualmente ocupen o hayan ocupado funciones de directores o subdirectores al momento de la entrada en vigor la nueva disposición.

Instruye también a las comandancias generales de las Fuerzas Armadas y de las dependencias militares y de inteligencia del Estado, a que sometan a la consideración del ministro de Defensa los candidatos a ocupar posiciones en las instituciones castrenses.

La resolución refuerza el contenido del referido decreto, al establecer en uno de sus considerandos, que existe una escala salarial de sueldos por cargo, distinta al sueldo por rango de los miembros de las Fuerzas Armadas en el Ejercicio de sus funciones.

 

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