Editorial

Los menores y su acceso a las redes

Recientemente se aprobó en el estado de Florida, Estados Unidos, una legislación donde se establece que 14 años es la edad a partir de la cual los adolescentes pueden tener acceso a las redes sociales. De esta forma, los niños por debajo de esa edad no pueden disponer de ese mecanismo de comunicación.

La medida busca frenar la vulnerabilidad en que se encuentran los menores por debajo de esa edad frente a la proliferación de degenerados cibernéticos que se aprovechan de la ingenuidad de esa población para llevar a cabo su actividad delictiva.

Desde la irrupción de las redes sociales se han incrementado los delitos cibernéticos, entre los cuales se destaca la pornografía infantil, la depredación sexual y otras acciones que atentan contra la integridad de los menores de edad.

La libertad que conceden los padres a sus menores es un caldo de cultivo que viabiliza el crimen cibernético contra esa población indefensa, sobre todo las niñas.

¿Qué busca una jovencita de menos de 14 años interactuando por las redes con adultos que muchas veces pueden ser sus abuelos?

Es obvio que con esa diferencia de edad no se tiene nada en común, por lo cual, prima facie, hay que asumir que el adulto persigue más que una «amistad» con los menores, lo que debe llamar a preocupación a sus progenitores.

En la República Dominicana, conforme cifras oficiales, ha aumentado de forma significativa la pornografía infantil a través de las redes de internet, a cuyo contenido acceden los menores por la libertad que se les ha ido concediendo para que tengan manejen redes sociales con muy poca utilidad educativa.

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Esa libertad muchas veces no es una manifestación de confianza en los hijos e hijas, sino una descarga de responsabilidades de los padres «para no coger lucha», comodidad en la cual se montan los delincuentes para ir sobre los menores y encontrarles desprotegidos.

No hay que mencionar casos recientes—para no exacerbar el dolor familiar—de jovencitas que han sido víctimas de agresión sexual, incluso con pérdidas de vida, por adultos que han empezado con ellas una relación a través de las redes.

Ante esta realidad, lo aconsejable es que los padres de esa población fácilmente “cazable” por los delincuentes cibernéticos, ejerzan un control a la antigua, concediendo el mínimo de libertad para estar en grupos de chats interactuando con personas mayores, o subiendo fotos y videos con poses de mujeres adultas.

Creemos que no sería una mala idea estudiar la reciente legislación de la Florida y ajustarla a nuestro medio, si es necesario.

Y que no nos aleguen que sería violar los derechos de niños, niñas y adolescentes, pues tener cuentas de redes sociales o chatear no es un derecho para esa población.

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