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Indotel ordena a las telefónicas aumentar la velocidad mínima del internet de banda ancha

Redacción/elCorreo.do

SANTO DOMINGO: El Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) estableció mediante la Resolución número 148-2024, la nueva definición de velocidad del servicio de acceso a internet de banda ancha que aumenta de 4 a 30 megabyte (mbps) por segundo de bajada.

Según un comunicado de prensa del organismo, la disposición deroga la anterior definición de velocidad de acceso a internet contenida en el artículo número uno del Reglamento General del Servicio de Acceso a Internet, procura que el servicio sea más rápido y competitivo en el país.

La referida resolución fue firmada por el presidente del Indotel, Guido Gómez Mazara; Alexis Cruz, en representación del ministro de Economía, miembro ex oficio del consejo; Juan Taveras Hernández y Tomás Pérez Ducy, miembros, así como Julissa Cruz Abreu, directora ejecutiva.

Gómez Mazara informó que la disposición discutida en el Consejo, sustituye la Resolución número 033-2020, la que definía la velocidad de internet de banda ancha “con una velocidad mínima de 4 Mbps de descarga y 1 Mbps de subida en el acceso a internet móvil”.

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Dijo que la nueva ordenanza establece que las prestadoras deben subirla al menos a 30Mbps, en el caso del servicio fijo, al cual se accede por redes wifi, para que pueda considerarse de banda ancha.

Explicó que en lo adelante la velocidad mínima será de 4 a 30 megabytes por segundo de bajada (mbps), así como de 1 a 10 Mbps de subida en el internet fijo, cuyo aumento de velocidad pasa de al 4 a 8 mbps de bajada para internet móvil.

También aseguró que la medida tiene como objetivo lograr que los servicios de internet estén a la par con los cambios tecnológicos, además de adaptar los estándares locales a las tendencias internacionales.

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