
Redacción/elCorreo.do
SANTO DOMINGO: Al menos seis son las acusaciones en las que el Ministerio Público centra su investigación en contra del exministro de Hacienda Donald Guerrero: asociación de malhechores, falsificación, estafa contra el Estado, sobornos, coalición de funcionarios y lavado de activos.
El dato está consignado en la comunicación enviada por la directora de Persecución, Yeni Berenice Reynoso, a una instrucción de la procuradora general de la República, Miriam Germán Brito.
Cada uno de esos “tipos penales preliminares” son investigados por la Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con apoyo de la Dirección General de Persecución de la Procuraduría, según se informó.
Conforme a la solicitud de reconsideración notificada a los abogados de Donald Guerrero, la Pepca mantiene una investigación al ex funcionario, distinta a su posible vínculo con el conocido caso Antipulpo.
Este último caso, tiene como principal imputado a Alexis Medina Sánchez, hermano del expresidente de la República, Danilo Medina Sánchez, cuyas acciones han sido dirigidas de manera directa por la procuradora Germán Brito.
De manera puntual, la investigación se centra en vincular a Alexis en alegados actos de corrupción, en los que se incluye a Guerrero, como exministro de Hacienda y al ex administrador del Banco de Reservas, Simón Lizardo Mézquita.
Un reportaje del matutino Diario Libre recuerda que en marzo de este año, la magistrada Germán Brito dio instrucción particular a la procuradora adjunta Reynoso, para que diera acceso “al señor Donald Guerrero a la carpeta fiscal de investigación cursada en su contra”.
Germán Brito apoya su requerimiento en el artículo 9 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, número 133-11.
La instrucción fue respondida por Reynoso, basándose en el mismo artículo 133-11, con el pedido a su superiora de que reconsidere la solicitud, alegando que “abrir de manera total la carpeta fiscal, en esta etapa del proceso, pone en riesgo la investigación”.
Berenice le sugiere a su superior inmediata, modificar su instrucción “a los fines de que solo estemos en la obligación de dar acceso al investigado Donald Guerrero a aquellas diligencias de investigación que lo tocan y que son de carácter público”.
Precisa que en las indagatorias a Guerrero en el caso Antipulpo, “esas actuaciones no ponen en riesgo esa línea de investigación, contrario al proceso actual, no así de la investigación que continúa en proceso”.
El artículo 9 de la ley 133-11 establece que las instrucciones particulares “deben impartirse por escrito y que el funcionario que las recibe podrá impugnarlas, mediante escrito motivado, “cuando las considere manifiestamente ilegales, arbitrarias o inconvenientes”.
Agrega que la solicitud de reconsideración no exime al funcionario instruido de la obligación de cumplimiento, “cuando exista peligro en la demora, pero que sí lo exonera de las responsabilidades que se originen de su acatamiento”.
“El funcionario emisor podrá ratificarlas, modificarlas o revocarlas según proceda”, dice el citado artículo, aunque Germán Brito notificó la instrucción y la solicitud de modificación a los abogados de Guerrero.
Sin embargo, se ignora si su acto fue ratificado o revocado, como establece el reglamento interno del Ministerio Público.