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Abogado Amadeo Peralta advierte que el uso de uniformes en insignias será castigado en el nuevo código penal

Redacción/elCorreo.do

SANTO DOMINGO: El abogado Amadeo Peralta advirtió que el nuevo Código Penal establece penas de prisión de 2 a 3 años para cualquier persona que utilice uniformes, insignias y distintivos reservados para autoridad pública.

El jurista hace el señalamiento, debido a que es común el uso por muchas personas de vestimentas en insignias, algunas de las cuales se han visto envueltas en diversos delitos que incluyen hasta el asalto a bancos con estos uniformes tipo militares color negro.

Explicó que la norma que entrará en vigencia en un año “trae sanciones muy preocupantes que pudieran afectar a los distinguidos miembros de la Antigua Orden Dominicana, ya que aunque su fin es muy distinto, muchas personas han visto con cierta preocupación el recurrente uso de uniformes e indumentarias y botas militares por parte de sus integrantes”.

Sostuvo que simpatiza con la causa que estos llevan, “pero deben cuidarse para que no los metan en una vuelta rara ya que el código penal en sus artículos 317 y 318, dispone penas en relación con el uso de uniformes, insignias y distintivos, cuyo uso este reservado a la autoridad pública o que se asemejen o se parezcan a estos”.

Cita el artículo 317, sobre usurpación de insignias y distintivos. “Quien utilice en público y sin calidad para ello insignias, distintivos, condecoraciones, uniformes o documentos de identificación cuyo uso está reservado a la autoridad pública, será sancionado con dos a tres años de prisión menor y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público”.

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”Quien utilice en público y con una finalidad no cultural, o artística, trajes, uniformes, insignias, documentos distintivos o vehículos que se asemejen a los objetos o bienes de este tipo reservados a la autoridad pública será sancionado de dos a tres años de prisión menor y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público”, dispone el artículo 318.

Asimismo, en el 319, se establece: “Cuando los hechos previstos en los artículos 317 y 318 tengan por objeto preparar o facilitar la comisión de alguna infracción muy grave o grave, la sanción será de cinco a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público”.

El abogado Peralta sostuvo que estos artículos vienen a castigar y sancionar a muchas personas que de una u otra manera y de modo hasta confuso se visten de ropa negra militar o policial o de los diversos organismos de prevención del crimen como es el Dicrim, la DNCD, bomberos, Policía Municipal, y hasta la Defensa Civil y otros organismos estatales.

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