Editorial

Nueva versión del “tránquenlo”

Antes de entrar en vigencia la nueva normativa procesal penal, en la República Dominicana era usual que cualquier agente policial se arrogara el derecho de meter en la cárcel a un ciudadano por el mero hecho de complacer su ego de autoridad.

Para aquel entonces se hizo famosa la perniciosa expresión de “tránquenlo”, a veces seguido de dos desahogos adicionales: “Para que respete la autoridad” o “hasta que yo me acuerde”.

Mediante ese truculento comportamiento y exceso de autoridad, muchos ciudadanos fueron a prisión, incluso sin haber cometido delito que ameritara la privación de libertad.

Al entrar en vigencia el Código Procesal Penal, la privación de libertad de cualquier ciudadano debe ser dispuesta por el Ministerio Público, observando toda la normativa que garantiza a los individuos su presunción de inocencia, la cual debe ser variada solo con la decisión de un juez.

Sin embargo, el Ministerio Público se ha dejado malear por aquella vieja conducta, y todos sus representantes tienen a flor de labios el pedimento de prisión preventiva como la medida de coerción preferida, aunque esta es la última de las siete que contempla el Código.

Pero una cosa es que el Ministerio Público, en su rol de ente que persigue el crimen y el delito, pida siempre la prisión preventiva, y otra es que los jueces sean complacientes en todo.

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Y es precisamente ese exceso de agravar la situación jurídica de los detenidos que tiene el Ministerio Público y la complacencia de los jueces, lo que ha llevado al estado actual de las cárceles dominicanas, donde más del 60% de los privados de libertad (reclusos) son preventivos.

Miles de ellos guardan prisión preventiva por la comisión de hechos cuyo castigo legal contempla menos tiempo que el ya purgado en reclusión sin una condena.

La reciente tragedia del incendio en la Penitenciaría Nacional da La Victoria ha generado un amplio clamor para que se adopten medidas que contribuyan a descongestionar los recintos carcelarios mediante una depuración de los presos preventivos, a fin de determinar cuáles reúnen las condiciones jurídicas para que se agilicen sus procesos o se les deje en libertad.

Sabemos que es una situación difícil, ya que se debe tener el cuidado de que el remedio sea peor que el mal que se quiere curar, pues podría ocurrir que se cuelen delincuentes peligrosos junto con personas que han incurrido en leves transgresiones a la convivencia ciudadana.

Pero que se debe hacer algo urgente para despoblar las cárceles de presos preventivos, de eso no cabe duda.

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