ProCompetencia recomienda DGII resolver ambigüedades en reglamento Itbis para aplicaciones de transporte y alojamiento

Redacción/elCorreo.do
SANTO DOMINGO: La Comisión Nacional para la Defensa de la Competencia (ProCompetencia) ha detectado ambigüedades en el borrador de reglamento mediante el cual la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) busca gravar con el Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (Itbis) las aplicaciones de transporte y alojamiento.
De inmediato, la institución estatal ha recomendado solucionarlas para evitar que este instrumento se convierta en una barrera regulatoria que desincentive la entrada de nuevos actores a los mercados y afecte la dinámica de competencia libre y leal, así como a los derechos de los usuarios.
Asimismo, trata de evitar que la regulación se preste a aplicación discrecional por parte de las diversas agencias de la administración tributaria, lo cual generaría incertidumbre en quienes estarían sujetos al cumplimiento de dicha regulación.
Ha advertido que, de mantenerse las imprecisiones, se produciría una alteración al principio de neutralidad fiscal porque se otorgaría a los proveedores locales de servicios digitales un tratamiento diferenciado y ventajoso respecto de los extranjeros.
Entiende que se debe precisar el tratamiento que se dará a proveedores domiciliados o residentes en el país que incursionen en la prestación de los servicios señalados, para evitar eventuales repercusiones adversas.
Adelanta que, si bien la redacción del borrador no establece que el costo del impuesto habrá de ser asumido por el consumidor local, él lo pagará en el servicio digital que consuma.
“Desde el punto de vista de la libre competencia, ese tratamiento diferenciado y ventajoso hacia los proveedores locales de servicios digitales convertiría a dicha propuesta reglamentaria en un acto jurídico estatal contrario a la libre competencia, susceptible de colocar a unos competidores en situación de desventaja respecto de otros en el mercado de servicios digitales”, enfatiza.
Las observaciones están contenidas en una comunicación enviada el 16 de marzo de 2022 al director general de la DGII, Luis Valdez, por la presidenta del Consejo Directivo de ProCompetencia, María Elena Vásquez Taveras, luego de ser aprobadas a unanimidad esta entidad.
El artículo 20 de la Ley General de Defensa de la Competencia 42 de 2008 establece que los actos administrativos destinados a dictar reglamentos o a resolver procesos administrativos sancionadores planteados ante otros entes reguladores del mercado diferentes a la Comisión, siempre que estén relacionados con el objeto de esta ley, deberían ser enviados a la Comisión para su examen junto con la documentación que los respalda.
Las facultades de abogacía de la competencia atribuidas por la ley a ProCompetencia tienen por finalidad prevenir que se incorporen al marco normativo nacional disposiciones que produzcan un impacto negativo en la competencia y la estructura del mercado.
El órgano estatal ha sugerido a la DGII apelar al Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su condición de ente regulador, para evaluar el principio de equidad al momento de gravar los servicios digitales con ese o cualquier otro tributo.