Abinader establece medidas para bajar gasto público que otros mandatarios también dispusieron sin resultados tangibles

Redacción/elCorreo.do
SANTO DOMINGO: El presidente Luis Abinader estableció este sábado una serie de restricciones a las instituciones del Gobierno central que buscan reducir el gasto público, muchas de cuyas medidas fueron adoptadas por otros mandatarios con los mismos propósitos.
Sin embargo, en cada ocasión las mismas se han ido relajando hasta prácticamente desaparecer por efecto de la necesidad de movilidad que tiene el Gobierno.
Las más recientes acciones en esa dirección se remontan a los primeros días de la gestión de Danilo Medina, quien prohibió la compra de vehículos, viajes al exterior, fiestas, entrega de regalos con cargo a los fondos públicos, sobresueldos, remodelación de despachos, adquisición de mobiliario para las oficinas, entre otras.
Una de las más profundas fue la disposición de realizar un inventario de todos los vehículos considerados “de lujo” para ser puestos a la venta al mejor postor, medida que no sólo quedó en el aire, sino que en poco tiempo se compraría que los vehículos no fueron vendidos, sino que las adquisiciones de nuevas unidades fueron masivas.
Todos los gobiernos, desde el presidente Joaquín Balaguer a la fecha, han prohibido la circulación de vehículos oficiales los fines de semana y días feriados, con la excepción de aquellas instituciones que puedan justificar su uso.
Y es precisamente en esa excepción por donde se cuela la inutilidad de la disposición, ya que lo justifican los organismos de seguridad, de protección ciudadana, investigativos, entidades como los ministerios de Obras Públicas, Agricultura, Salud Pública, Educación, los institutos de agua, de labores agropecuarias, etc.
En resumen, el conjunto de los organismos exceptuados representa decenas de vehículos que tienen que salir a las calles todos los días.
El decreto 3-22 dado a conocer este sábado, prohíbe fiestas, agasajos, recepciones, celebraciones u otras actividades de similar naturaleza, con la única excepción de la Presidencia de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Turismo, en honor a jefes de Estados, ministros, delegaciones oficiales o personalidades del mundo político, cultural, científico o comercial de otros países que visiten el país.
También restringe las donaciones o contribuciones en provecho de terceros o de servidores estatales salvo que las mismas formen parte del cometido que las leyes o decretos dispongan a cargo de los entes y órganos sujetos al decreto.
Por igual prohíbe los obsequitos, bonos de establecimientos comerciales, tarjetas o canastas de navidad, salvo aquellas otorgadas a las personas de escasos recursos a través de los órganos a cargo de los planes de asistencial de la Presidencia.
Asimismo el arrendamiento de instalaciones privadas para celebrar actividades, con excepción de entrenamientos, capacitaciones, talleres y actividades formativas.
Las remodelaciones o recaudaciones de espacios físicos que excedan el límite establecido para compras menores de bienes establecido por la resolución PNP-01-2022, emitida por la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas o cualquiera que las sustituyas.
Vehículos de motor
El decreto indica que podrán efectuarse compras de vehículos utilitarios “exclusivamente cuando la institución correspondiente cuente con autorización escrita emitida al efecto por el ministro Administrativo de la Presidencia y cumpla toda otra norma aplicable”, entre otras prohibiciones varias.