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El nuevo DNI: del terrorífico SIM del tirano Trujillo al DNI de Balaguer y los siguientes presidentes

Redacción/elCorreo.do

SANTO DOMINGO: De manera urgente, en dos sesiones consecutivas, el Senado aprobó el proyecto de ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) como organismo centralizado del Estado, con el único fin de proteger la seguridad nacional y coordinar lo relativo al Sistema Nacional de Inteligencia (SNI).

Aunque posiblemente este organismo no tendrá las funciones que tuvieron sus antecesores Servicio de Inteligencia Militar (SIM), creado por el dictador Rafael Trujillo y el Departamento Nacional de Inteligencia (DNI), del presidente Joaquín Balaguer.

El SIM fue la policía secreta y política de la República Dominicana en los últimos años de la tiranía trujillista que aterrorizaba la población con crímenes y torturas a los desafectos del régimen, a través de sus miles de agentes secretos diseminados no sólo en todo el país, sino también en Cuba, México, Venezuela, Guatemala, Costa Rica y Nueva York.

De su lado, el DNI fue una herencia del SIM trujillista, creado mediante la Ley 857, promulgada en 1978, la que dependía del Poder Ejecutivo, pasándolo a la Secretaría de las Fuerzas Armadas (ahora Ministerio de Defensa), para evitar que su sucesor, el presidente Antonio Guzmán, tuviera esa prerrogativa.

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La iniciativa ya fue aprobada por la Cámara de Diputados, refrendada con 21 votos a favor y cuatro en contra, se establece que el DNI, “será un conjunto de relaciones funcionales entre los organismos de inteligencia del Estado, bajo su coordinación para proveer información estratégica para la seguridad nacional”.

El SNI estará conformado por todos los organismos y órganos independientes entre sí y fundamentalmente coordinados, que dirigirán las actividades específicas de inteligencia, mientras el DNI será el coordinador del SNI y le corresponderá dirigir las actividades de inteligencia y contrainteligencia.

Con este proyecto, el DNI se transformará en una dirección que trabajará con diversas instituciones del Estado, con el propósito de realizar actividades de inteligencia y contrainteligencia de la seguridad nacional e interior, para prevenir y contrarrestar cualquier riesgo, amenaza o agresión a la Constitución de la República.

«La DNI podrá disponer y hacer uso de medios y actividades encubiertas, pudiendo recabar de las autoridades legalmente encargadas de su expedición, las identidades, matrículas y permisos reservados sobre operaciones que resulten precisas y adecuadas a las necesidades de sus actuaciones», establece el párrafo 1 del artículo 11.

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