Gobierno dispone trabajadoras domésticas tengan jornada de 8 horas diarias y 36 libres semanal

Redacción/elCorreo.do SANTO DOMINGO: El Gobierno dio a conocer este jueves tres resoluciones mediante las cuales se formaliza el trabajo doméstico en el país, al establecer una de estas disposiciones, que el sueldo mínimo para este tipo de empleo será de RD$10,000 mensuales. La resolución da un periodo de 90 días para que la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), la Superintendencia de Pensiones (Sipen) y la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) elaboren las normas complementarias necesarias para la implementación del Plan Piloto para el trabajo doméstico. Tambien, con otra de las resoluciones, se manda la ejecución de un Plan Piloto para incluir la labor domestica en la seguridad social, régimen en el que el Estado, el empleador y el trabajador aportarán. “El salario de los trabajadores domésticos nunca podrá ser inferior al salario mínimo que para este sector dicte el Comité Nacional de Salarios (CNS)”, precisa una de las ordenanzas, emitida por el Ministerio de Trabajo. La resolución 11-2022 del CNS, que fija el sueldo mínimo, observa que su entrada en vigencia será “tres meses después de su publicación”. Según datos del Banco Central, hasta el año pasado en el país había aproximadamente más de 245,000 trabajadores domésticos, equivalentes al 5.4 % de la fuerza de trabajo, siendo el 92 % mujeres y 8 % hombres. Una nota de prensa del Ministerio de Trabajo agrega que, hasta el año pasado, el salario promedio que percibía en general un trabajador doméstico, era de RD$8,415 al mes. En lo adelante, ese segmento laboral gozará del derecho a salario de Navidad, que deberán recibir a más tardar el 20 de diciembre de cada año, así como de vacaciones anuales. Por otro lado, la resolución 551-08, emitida por el Consejo nacional de la Seguridad Social (CNSS), aprueba la creación del ya citado Plan Piloto, para incluir a los trabajadores domésticos en el Sistema Dominicano de la Seguridad Social, bajo el Régimen Contributivo Subsidiado, cuya normativa para implementarse queda pendiente. Este conlleva un aporte fijo mensual, independiente del salario del trabajador, de RD$859.43, para financiar las prestaciones de seguridad social, de cuyo monto RD$571.50 lo aportará el empleador, RD$28.50 el trabajador y RD$259.43 el Estado. La medida dispone que de este plan se excluyan los trabajadores que prestan servicios similares “en oenegés, instituciones públicas, organismos internacionales o cualquier otra organización distinta a la de un hogar”, los cuales deberán ser afiliados en el Régimen Contributivo. Los fondos para la seguridad social se distribuirán en RD$649.43, para el Seguro Familiar de Salud, RD$95, para financiar la prima del Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia, y RD$115 al Seguro de Riesgos Laborales y Enfermedades Profesionales. |