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El MAP busca evitar traumas sufren empleados públicos para recibir prestaciones al ser cancelados

Redacción/elCorreo.do

SANTO DOMINGO: El Ministerio de Administración Pública (MAP), mediante su resolución 316-2024, aprobó la descentralización del cálculo de los beneficios y prestaciones laborales, las cuales podrán ser realizadas por cada institución del Estado, incluyendo a las descentralizadas.

Con esta medida, el MAP trataría de evitar los traumas que se generan con miles de servidores públicos al no recibir sus prestaciones cuando las entidades públicas se valen de múltiples maniobras para que no otorgarlas.

En la generalidad de los casos, le negativa se ha guarecido en supuestas dilaciones del MAP para hacer el cálculo, situación que en ocasiones se prolonga por meses y hasta años.

La medida del MAP, firmada por el ministro Sigmund Freund Mena, señala que a partir del 19 de octubre, las oficinas de recursos humanos de los entes y órganos “son las responsables de calcular los beneficios laborales y hacer los pagos correspondientes de sus servidores públicos desvinculados del servicio por cualquier causa, incluido los fallecimiento o pensión”.

El documento indica que los titulares de las áreas administrativas y financieras y de recursos humanos, deben asegurarse de que los cálculos de beneficios laborales cumplan con los requisitos legales y reglamentarios.

Agrega que para esos fines, esas dependencias “deben cumplir con los procedimientos internos, para garantizar la precisión y la transparencia en los cálculos y los pagos de los beneficios laborales realizados”.

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“Compete a las instituciones de la administración del Estado establecer en sus presupuestos las apropiaciones o previsiones presupuestarias para conceder indemnizaciones en los casos previstos por la ley y para el pago de vacaciones, en caso de desvinculación del servicio,”, explica uno de los considerandos de la resolución.

Precisa además que son responsables de la gestión financiera de los mismos y el control del gasto, “junto con la Contraloría General de la República, como órgano de control interno del Estado”,

Indica que estos serán los responsables de realizar y subir el proceso en el Sistema de Reclamación Laboral (Reclasoft), así como adjuntar la hoja de cálculos debidamente sellada y firmada por los titulares de las áreas administrativas, financieras y de recursos humanos, junto a la firma de las máximas autoridades de esa institución.

El MAP sostiene en la resolución, que la documentación requerida para la emisión de los cálculos de beneficios laborales es la cédula personal de identidad y electoral, la certificación de cargo que haga constar las vacaciones no disfrutadas y la carta de desvinculación, que deberá incluir la renuncia o acta de defunción en los casos que correspondan.

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