Política

TSE sigue mandando a revisar y cuadrar actas de votación, a días de jurar autoridades electas

Redacción/ElCorreo.do

SANTO DOMINGO: Gran preocupación ha despertado en la comunidad política y sectores sociales las ordenanzas de revisión y cuadres de actas que dispuestas por el Tribunal Superior Electoral (TSE), faltando horas para el inicio de un nuevo período constitucional.

La observación y extrañeza de tales medidas se sostiene en que el TSE se rige y actúa en base a plazos para recibir quejas y emitir su decisión en tiempos hábiles para corregir cualquier situación incorrecta.

Se planea que en caso de realizarse la revisión de resultados y, por consiguiente, las actas se cuadren, si el resultado favorece al reclamante, el certificado de elección otorgado por la Junta Central Electoral (JCE) tendrá que ser anulado, lo que generará un inimaginable conflicto.

El planteamiento se formula en estos momentos en que dentro de cinco días se dará inicio a un nuevo período constitucional, teniendo como protagonistas los candidatos declarados.

Por lo menos en el nivel legislativo de diputados, por la disposición del TSE, todavía no se sabe quién será o serán los que ocupen las curules en disputa.

Todo lo anterior, por la orden dada este lunes por el TSE a la Junta Electoral de Santiago, para que “proceder en lo inmediato a la revisión y cuadre de las actas de escrutinio del nivel de diputaciones (D y D1) en la Circunscripción número uno, levantadas en 93 colegios electorales.

Con esta decisión, los jueces de la alta corte acogieron parcialmente y a unanimidad, una solicitud hecha por el partido Bloque Institucional Social Demócrata (BISD), en virtud de que la citada Junta Electoral no aportó ni refirió en sus medios de defensa, las pruebas de que dichas actas fueran sometidas al proceso de revisión, validación y cuadre.

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Las acta a revisar pertenecen a los colegios electorales 0011, 0013, 0014, 0014A, 0014B, 0014C, 0014D, 0014E, 0014F, 0014H, 0015A, 0015B, 0018, 0018A, 0020, 0020A, 0021, 0022, 0022B, 0023, 0023A, 0026A, 0027, 0027A, 0028A, 0029, 0030A, 0033, 0034, 0034B, 0035, 0035A, 0039, 0042, 0043, 0045D, 0047, 0049, 0050, 0055, 0055A, 0064, 0082, 0087, 0088A, 0097A, 0105, 0106, 0107, 0108, 0109 y  0109A,.

También  a los números 0110, 0110A, 0113A, 0114A, 0117A, 0312, 0312A, 0407, 0407C, 0410A, 0411, 0411E, 0412A, 0413A, 0416A, 0461, 0462, 0462B, 0463, 0464A, 0465, 0466, 0472, 0477, 0512A, 0514A, 0516, 0545, 0558, 0615, 0636, 0662, 0681, 0696, 0705, 0723, 0748, 0769, 0784, 0803 y 0810;

El TSE además declaró “Inadmisible de Oficio” un recurso de apelación incoado por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y Carlos García López, contra la Resolución número 21/2020 dictada  el 22 de julio por la Junta Electoral de Barahona

Asimismo, rechazó “por carecer de méritos jurídicos” un recurso de revisión  interpuesto por el Partido Cívico Renovador (PCR) y John Stevens Anderson Mercedes.

El pleno de jueces del TSE lo integran los magistrados Román Jáquez, quien lo preside; Cristian Perdomo, Santiago Sosa, Rafaelina Peralta y Ramón Arístides Madera.

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