Prórroga del estado de emergencia vuelve a la cancha del Senado con algunas interrogantes
Redacción/ElCorreo.do
SANTO DOMINGO: La aprobación este martes por la Cámara de Diputados de una prórroga del estado de emergencia por 17 días y no por 25 como la aprobó el Senado, rebota la solicitud del Poder Ejecutivo de nuevo a la cancha de los senadores, quienes conforme el rigor parlamentario, están obligados a acoger lo sancionado por sus colegas si quieren que el asunto camine.
Con las dos solicitudes de extensión por 25 días acogidas por la Cámara Alta, los senadores han dado la impresión de echar un pulso con los diputados para favorecer la petición del presidente de la República, quien al parecer en un principio se conformaba con 15 días tal y como lo pidió en la primera petición de poderes especiales.
Sin embargo, senadores y diputados se pusieron de acuerdo para aprobarle 25 días, tiempo al que todo indica que se acostumbró el presidente Danilo Medina, ya que ambas extensiones las ha tramitado por igual periodo.
El senado ha sido convocado para este miércoles a las 11:00 de la mañana, mientras sigue rondando la pregunta: ¿Puede o no el Congreso disminuir el tiempo de la prórroga al estado excepción?
La interpretación de los textos constitucionales y las leyes adjetivas sobre este aspecto se distancian dependiendo de la posición partidista que sustenten los exponentes, aunque citen los artículos 262, 263 y 264 de la Carta Magna y el 28 de la Ley 21-18.
Esos los ordenamientos establecen taxativamente, lo que procede hacer en cada caso.
La discusión al respecto, está en la interpretación que se le da al mandato del primer párrafo del artículo 28 de la Ley 21-18, en el que se establece que concedida la ampliación de un primer plazo solicitado por el Poder Ejecutivo, el siguiente “no podrá exceder del tiempo ya autorizado para cada estado de excepción de que se trate”.
En el párrafo segundo se precisa que la solicitud de extensión “contendrá las justificaciones necesarias que expliquen la necesidad de ampliar dicho estado excepcional.
Se desconocen las razones por las cuales el Senado acogió la solicitud del Ejecutivo de 25 días adicionales, los mismos que sugirió en su primera petición, pero modificado por la Cámara de Diputados, dominada por la oposición, la que redujo a 17 días la vigencia de dicho estado, el que vence este 30 de abril.
Ante lo establecido por el citado artículo 28 y sus párrafos, los diputados podrían conceder el mantenimiento del actual estado a 15 días, como lo han sugerido representantes de los distintos bloques partidarios.
En el artículo 29, referente a los informes, se ordena que el Presidente de la República deberá rendir (cada 15 días) informes para ambas cámaras legislativas, sobre las disposiciones que haya tomado y la evolución de los acontecimientos que tengan lugar durante la vigencia de los estados de excepción.
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