
Redacción/elCorreo.do
SANTO DOMINGO: En su condición de jefe supremo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, como establece la Constitución de la República, el presidente Luis Abinader dispuso la noche de este viernes que para un oficial de los cuerpos castrenses ocupar puestos de dirección o subdirección en cualquiera de esos organismos militares deberá tener una antigüedad entre 20 y 25 años en su institución.
Las nuevas normas establecidas por el primer mandatario para ostentar los cargos de dirección y subdirección dentro de las Fuerzas Armadas están contenidas en el decreto número 361-21.
En el mandato presidencial también se dispone que los que ocupen dichos cargos deberán «haber realizado el curso del Estado Mayor correspondiente y cumplir con el perfil definido en cuanto a capacidad, experiencia profesional, formación académica o técnica, condiciones morales y éticas, así como las demás que se establecen reglamentariamente».
Con el decreto 361-21, el presidente Abinader modifica el artículo 2,3 y 4 del decreto número 261-16, que instruye a los comandantes generales de las Fuerzas Armadas, así como a todas las dependencias militares y de inteligencia del Estado que sometan a la consideración del Ministro de Defensa los candidatos a ostentar posiciones de directores o subdirectores, así como a cualquier otra responsabilidad de similar jerarquía, de fecha 19 de septiembre del 2016.
En el artículo 2 se indica que los comandantes generales «propondrán al Ministerio de Defensa los oficiales superiores de comando que a su entender deban ostentar los cargos de dirección o cualquier otra responsabilidad de similar jerarquía, los cuales deberán tener más de 25 años en la institución, haber realizado el curso del Estado Mayor correspondiente y cumplir con el perfil definido en cuanto a capacidad, experiencia profesional, formación académica o técnica, condiciones morales y éticas, así como las demás que se establecen reglamentariamente.
Mientras que en su artículo tres ordena que los comandantes generales propondrán al Ministerio de Defensa los oficiales superiores de comando que a su entender deban ostentar los cargos de subdirección o cualquier otra responsabilidad de similar jerarquía, los cuales deberán tener más de 20 años en la institución, haber realizado el curso avanzado de infantería o plana mayor correspondiente, cumplir con el perfil definido en cuanto a capacidad, experiencia profesional, formación académica o técnica, condiciones morales y éticas, así como las demás que se establecen reglamentariamente
Así mismo, en el artículo 4 los oficiales auxiliares y los oficiales especialistas candidatos para ostentar los referidos cargos quedan exceptuados del requisito de haber realizado el curso de Comando y Estado Mayor o avanzado de infantería.
En su artículo 5 del referido decreto señala que estas reglas no aplican para los que ya ostentan esas posiciones.
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