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No figuran en programación 2020 compras 900 millones Plan Social

Por Manasés Sepúlveda

No obstante el Gobierno disponerse en tiempos de campaña política a licitar por más de RD$900 millones tres proyectos  a través del Plan Social de la Presidencia, los mismos no aparecen en la programación para esos fines del año 2020.

En la programación que aparece en el portal de la entidad no se mencionan en lo absoluto las tres licitaciones anunciadas para “ayudar a los pobres” ampliamente criticadas por ser hechas en plena campaña electoral.

La directora del Plan Social de la Presidencia, Iris Guaba, en un esfuerzo para calificar las licitaciones como “normales” para este tiempo porque el año pasado se hizo algo similar, lo cierto es que en los actuales momentos se está en plena campaña política, y los supuestos “repartos para los pobres” son de carácter clientelista, los cuales al no estar debidamente programados violan la Ley Orgánica Electoral y la transparencia que se exige a las instituciones públicas.

 En efecto, la Ley 200-04, de Libre Acceso a la Información Pública, establece la implementación de la sección “Transparencia” en los portales del Estado dominicano. En su artículo 5 dispone la obligatoriedad de  la informatización y la incorporación al sistema de comunicación por Internet o a cualquier otro sistema similar que en el futuro se establezca, “de todos los organismos públicos centralizados y descentralizados del Estado, incluyendo el Distrito Nacional y los municipios, con la finalidad de garantizar a través de este un acceso directo del público a la información del Estado”.

 En este caso, esas licitaciones con una suma astronómica no aparecen programadas  por lo que violaría el principio de transparencia que deben observar las entidades tanto centralizadas como descentralizadas del Estado.

 Asimismo el artículo 196 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral No. 15-19 del 18 de febrero de 2019, en su  Párrafo IV dice lo siguiente: “Está prohibido durante los cuarenta (40) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios municipales y sesenta (60) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios presidenciales y congresuales, la realización de actos inaugurales de obras públicas por el gobierno central y las alcandías. Asimismo, el gobierno central, las entidades públicas descentralizadas y las alcaldías, se abstendrán de realizar programas de apoyo social o comunitario extraordinarios”.

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En el párrafo II de esa misma ley sólo  se excluyen de esta prohibición los programas de asistencia social, ayuda comunitaria o de servicios públicos habituales que estén “contemplados en la planificación regular del Estado los cuales podrán desarrollarse conforme dicha planificación. No podrán ser aumentados ni los beneficiarios ni los montos asignados a estos”.

Por otro lado, el economista José Rijo Presbot, a través de su cuenta de Twitter, rebatió la defensa hecha por funcionarios del Gobierno en el sentido de que las polémicas compras estaban dentro de la programación del año en curso.

“No acostumbro a responder y menos “a personas que distingo”, pero que como podía comprobar en Plan de Compras Anual 2020, el PASP no está consignado.

 

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