Redacción/elCorreo.do
SANTO DOMINGO: Las prerrogativas que procura modificar el Poder Ejecutivo, en un intento por habilitar gobiernos y actores extranjeros en la exploración y explotación de hidrocarburos, busca impulsar el crecimiento económico, según explicó recientemente el consultor jurídico del gobierno, Antoliano Peralta.
El funcionario sostuvo que el proyecto de modificación tiene la finalidad de armonizar su contenido con la Constitución y propiciar la participación de países y personas en la exploración y explotación de petróleo y sustancias hidrocarburíferas.
Agrega que además, establece beneficios para los dominicanos, así como a extranjeros o personas jurídicas internacionales, mediante contrato o concesión regidos por la legislación vigente en lo referente a los derechos otorgados.
La iniciativa pretende modificar el artículo 4 de la Ley 4532-56 que regula la exploración, explotación y beneficios por particulares de los yacimientos del Petróleo y sus Derivados, los Hidrocarburos y demás combustibles similares en el país. A la normativa se le modificaron algunos artículos vía la ley 4833-58.
El proyecto fue aprobado en primera lectura en el Senado y una vez sancionado por segunda ocasión pasará a la Cámara de Diputados, donde de ser aprobado se convertiría en ley.
Según explicó Peralta, la propuesta del Poder Ejecutivo se propone “extender atribuciones a empresas extranjeras, aun cuando sean de capitales públicos o estatales”, al tiempo de estimar que «esa limitación no tiene sentido en el mundo que vivimos hoy».
Las explicaciones del funcionario se producen ante cuestionamientos de legisladores que han recibido la iniciativa, aclarando que el proyecto sólo pretende modificar la ley de exploración y explotación de hidrocarburos, no otorgar esa potestad a las empresas extranjeras, “porque esa posibilidad ya la concede la ley vigente».
Recordó que la ley reguladora de la exploración y explotación de los yacimientos de petróleo y sus derivados en el país, fue promulgada hace 67 años por el entonces presidente de la República, Héctor Bienvenido Trujillo Molina.
Indicó que mediante la normativa número 4532 de 1956, la que establece en su artículo 4 disposiciones que generan confusión que impide la cooperación, inversión y participación de gobiernos y soberanos extranjeros en la exploración y explotación del petróleo.
Refiere que sólo los dominicanos y las sociedades dominicanas podrán obtener el derecho de explorar, explotar y beneficiar los yacimientos.
Sin embargo, ese mismo articulado señala que «podrá concederse a los extranjeros, persona física o moral, los mismos derechos cuando en el contrato que intervenga se comprometen a acatar, todo lo referente al derecho obtenido, la jurisdicción de los tribunales y la legislación de la República Dominicana».
Aduce de igual modo, que «los gobiernos y soberanos extranjeros, por ningún motivo podrán obtener el derecho para la exploración, explotación y beneficio del petróleo y demás sustancias hidrocarbonadas”.
Agrega que tampoco podrán ser admitidos como socios, coasociados o accionistas “por ninguna persona o compañía que disfrute de esos derechos”, porque serán nulos de pleno derecho “todos los actos que se hagan en contravención a estas disposiciones».
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