La Junta acepta encuestas boca de urna tras reparo del PRM; datos no podrán ser publicados
![](/wp-content/uploads/2024/05/jce-2.jpg)
Redacción/elCorreo.do
SANTO DOMINGO: La Junta Central Electoral (JCE) dejó sin efecto la prohibición del levantamiento de información conocido como boca de urnas durante las elecciones de este domingo, aunque de conformidad con la ley, estos datos no podrán ser publicados antes de la emisión de resultados.
El órgano electoral dio marcha atrás luego de que el presidente del Partido Revolucionario Moderno, José Ignacio Paliza, hiciera notar que la Ley del Régimen Electoral no prohíbe el levantamiento de esa información que se obtiene mediante entrevistas a personas que han ejercido su derecho al voto.
«La ley es muy clara, la @juntacentral no puede prohibir lo que la norma permite», publicó Paliza en su cuenta de X, anexando un fragmento de la Ley 20-23 del Régimen Electoral.
Mediante un comunicado este sábado, la JCE había advertido que está prohibida la realización de encuestas a boca de urna, sondeos y mediciones de ningún tipo sobre los resultados de las elecciones presidenciales y congresuales.
«Este domingo 19 de mayo de 2024, no está permitida durante el desarrollo de la jornada electoral y hasta la emisión del boletín definitivo de los resultados electorales, la divulgación, publicación o difusión de encuestas a boca de urna o “exit poll”, en ningún medio de prensa, comunicación o redes sociales”, estableció en un principio la JCE.
Previo a la reacción de Paliza, el delegado político del PRM ante la JCE, Sigmund Freund, publicó un mensaje en la red social X, en el cual rechaza la medida.
«Esta medida dictada por @juntacentral es ilegal y contraria al artículo 216 de la ley 20-23. Las encuestas a boca de urnas están permitidas por ley y el organismo no puede prohibirlas por resolución. El @PRM_Oficial rechaza esta medida y advierte que debe ser revocada», escribió Freund.
Lo que dice la ley
En el párrafo 2 del artículo 216 de la Ley 20-23 Orgánica del Régimen Electoral, establece:
«Las firmas encuestadoras debidamente certificadas, podrán realizar encuestas o sondeos a boca de urna, siempre que las mismas sean depositadas en la Junta Central Electoral en sobres cerrados y sellados o lacrados, y hayan cumplido con los requisitos exigidos por la Junta Central Electoral, cuyos resultados no podrán ser divulgados hasta tres horas después del cierre de las votaciones».
En el país existen varias firmas encuestadoras que suelen realizar bocas de urnas que no son divulgados de manera oficial, aunque por distintas vías se cuelan a los medios de comunicación que no los publican, pero tienen dominio de sus informaciones.
Por su lado, el movimiento Participación Ciudadana lleva a cabo un conteo rápido que entrega a la JCE, pero igualmente se suelen filtrar.
Somos un medio independiente que asume un compromiso con la libertad de expresión, la transparencia y el acceso a la información de los ciudadanos.