Empresarios privados se quedarán con Cueva de las Maravillas y amplia extensión de terrenos según el Constitucional
Por Suanny Reynoso

Redacci´9on/elCorreo.do
SANTO DOMINGO: El Tribunal Constitucional (TC) declaró “Inadmisible por carecer de objeto”, un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Defensora del Pueblo, Zoila Martínez Guante, que buscaba anular dos artículos del decreto que creó el Patronato de la Cueva de las Maravillas, porque a su entender violan el principio de igualdad.
La decisión adoptada por el TC que rechaza la impugnación mediante la acción directa, argumenta que la norma atacada supuestamente no está vigente, dejando el control del espacio en manos de un grupo de empresarios que preside el patronato.
La norma impugnada es el decreto número 398-03, dictado por el Poder Ejecutivo el 23 de abril de 2003, el cual establece en sus artículos 7 y 8 que el patronato servirá de organismo asesor del Ministerio de Medio Ambiente en lo que se refiere al manejo y administración de la Cueva de las Maravillas.
El artículo 7 expresa que “los miembros del Patronato de la Cueva de las Maravillas permanecerán en sus cargos por tiempo indefinido y en caso de renuncia o muerte serán sustituidos por los demás miembros mediante consenso para asegurar así la continuidad e independencia del Patronato”.
Mientras que el articulo 8 refiere que “el Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el Gobernador de San Pedro de Macorís fungirán como miembros y secretarios ex oficios del Patronato, con voz, pero sin voto”.
Sobre ese particular, la Defensora del Pueblo alegó en la acción que esos artículos, al establecer las funciones vitalicias de los miembros del patronato, deja fuera la intervención estatal a pesar de que el objeto de protección es un área protegida perteneciente al Estado.
Asimismo, cuestionó que una vez integrado el patronado, se pretenda que el ministro de Medio Ambiente y el gobernador de San Pedro de Macorís sólo tengan pero sin voto.
Sostuvo esos artículos también vulneran el derecho a la igualdad consagrado en el artículo 38 de la Constitución, el principio democrático, el principio de indelegabilidad consagrado en el artículo 4 de la Constitución que definen el Estado Social y Democrático de Derecho y la función esencial del Estado.
La decisión
Al rechazar el recurso, los jueces sostienen que en virtud de que el citado patronato ahora se encuentra conformado como una entidad sin fines de lucro (ONG), denominada Fundación Patronato Cueva de las Maravillas, se rige por disposiciones legales al efecto creadas para el fin de su operación, por lo que las disposiciones del decreto atacado carecen de efecto, puesto que quedaron derogadas por decretos posteriores.
“En conclusión, la derogación tácita del decreto atacado en inconstitucionalidad por decretos posteriores, conduce indefectiblemente a la carencia de objeto e interés jurídico, conforme a los criterios aplicados por el Tribunal Constitucional en los supuestos antes citados. Consecuentemente, la presente acción directa de inconstitucionalidad, al carecer de objeto, deviene en inadmisible”, destaca la sentencia
Votos disidentes
Sin embargo, en el conocimiento del proceso se produjeron dos votos salvados y un disidente emitidos por dos magistrados, fundamentados que en la no derogación del decreto 398-03, cuyos efectos están vigentes y respaldan el reclamo del Defensor del Pueblo.
“Como puede apreciarse, el contenido del impugnado decreto 398-03 se mantiene, pues -como se ha visto- los decretos 26-04 y 14-06 no lo derogan, ni expresa ni tácitamente”, sostiene uno de los magistrados
Amplía en que “ello quiere decir que las normas atacadas por supuesta inconstitucionalidad, los artículos 7 y 8 del decreto 398-03, se mantienen”.
“Sin embargo”, sostienen “al declarar la inadmisibilidad de la acción, el Tribunal Constitucional se privó de conocer y decidir un asunto de vital importancia para el futuro de la Cueva de las Maravillas, por estar referido, en realidad, a la propiedad de ese monumento natural, verdadera razón de ser de la acción de amparo inadmitida”.
El Ministerio Público
Según consta en el expediente, el representante del Ministerio Público, el procurador general adjunto Víctor Robustiano Peña, respaldó dicho decreto en virtud de que la permanencia de los miembros en dicho patronato, evitaría que otras personas que aviesamente podrían estar interesadas en la dirección de las mismas.
También, que el hecho que la misma persona dirija dicho patronato con carácter permanente y a falta de éste, lo haga una persona que esté involucrada ya en el manejo de la entidad, con esa disposición se preservan con mayor énfasis la protección ambiental de las referidas áreas.
Un pleito viejo
Al conocer la denuncia de que las Cuevas de las Maravillas, Martínez se presentó en el lugar el 8 de marzo del 2018, donde se enfrentó con personas que pretendieron impedirle el paso al interior de ese patrimonio, ubicado en la cercanía del municipio Ramón Santana, entre San Pedro de Macorís y La Romana, en la zona Este del país.
En esa oportunidad, la funcionaria advirtió que “este es un patrimonio de todos los dominicanos, que debe estar libre. Esto no es ni tuyo ni mío, es de todos, de los visitantes, de los dominicanos”.
Asimismo, Martínez Guante expresó su oposición a un proyecto de ley que cursa en el Congreso Nacional, el cual plantea el traspaso a la fundación que administra esa reserva de 10 millones 400 mil metros cuadrados de terreno, en el entendido que ese traspaso sería una violación a la Constitución.
Al tenor de ese planteamiento, reclamó la intervención de los ministerios de Cultura y de Medio Ambiente, así como del titular de la Oficina de Patrimonio Cultural, para evitarla consumación de lo que considera sería una violación a las leyes.
Un palo asechao
El plan de privatizar la cueva salió a la luz pública el 15 de marzo del 2018, cuando se conoció la tramitación de manera sigilosa de una resolución del año 2016 en el Senado, mediante el cual se procuraba los terrenos a esa.
Pero luego trascendió que el contrato de donación realmente había sido suscrito el 15 de agosto del año 2014 por el Estado, que en esa oportunidad estaba representado por el Consejo Estatal del Azúcar (CEA).
Somos un medio independiente que asume un compromiso con la libertad de expresión, la transparencia y el acceso a la información de los ciudadanos.