Política

El Gobierno modifica el toque de queda y amplía beneficiarios pueden circular

Redacción/El Correo

SANTO DOMINGO: El residente de la República emitió la noche de este lunes  una modificación del decreto 135-20 que estableció el toque de queda de 8:00 de la noche a las 6:00 de la mañana hasta el próximo viernes 3 de abril.

Mediante el decreto 136-20, se establece que se permitirá durante el toque de queda la circulación de personas y vehículos vinculados a la industria y comercio de alimentos, energía, agua, telecomunicaciones, puertos y aeropuertos, entre otros.

El decreto fue dado a conocer por el vocero de la Presidencia, Roberto Rodríguez Marchena en su cuenta de Twitter.

En su artículo 1 numeral 1 indica que se permitirá la circulación de vehículos dedicados al transporte y distribución de mercancías, insumos y combustible, tanto urbano como interurbano.

En el literal 2 señala que igual podrán hacerlo vehículos de empresas e instituciones prestadoras de servicio de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos para atender exclusivamente situaciones de emergencia.

En el 3, autoriza el tránsito de personas que laboren en puertos y aeropuertos, en tránsito hacia o desde sus lugares de trabajo durante las horas del toque de queda, siempre que porten una identificación autorizada de la empresa.

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En tanto, el litoral 4, hace la misma excepción para personas que laboren en la industria y el comercio de alimentos, productos farmacéuticos e insumos médicos, en tránsito hacia y desde sus lugares de trabajo durante las horas del toque de queda, siempre que porten una identificación autorizada de la Comisión de Alto Nivel para la Protección y Control del Coronavirus.

También, el en 5, permitirá la circulación de personas y vehículos destinados a servicios funerarios, exclusivamente cuando estén en servicio.

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