Diputados aprueban declaratoria de emergencia nacional por COVID-19
SANTO DOMINGO, República Dominicana.-La Cámara de Diputados aprobó este jueves en una única lectura el proyecto de resolución enviada por el presidente, Danilo Medina, al Congreso Nacional para declarar la emergencia nacional por 25 días, como parte del protocolo para tratar de impedir que la pandemia mundial de coronavirus siga avanzando sobre el país, donde se ha cobrado la vida de al menos dos personas.
Ahora solo falta que el presidente Medina proclame el estado de emergencia nacional, dado que el miércoles el Senado había aprobado el proyecto.
Amparado en la declaratoria de emergencia nacional Danilo Medina puede suprimir temporalmente la libertad de tránsito y emprender otras acciones necesarias para evitar la propagación del COVID-19.
La cámara baja también ha creado una comisión que vigilara el accionar del Gobierno para hacer cumplir la declaratoria de emergencia nacional con la que se pretende contener el avance del COVID-19, como ya lo hizo el Senado.
Los diputados que forman la comisión están encabezados por Ángela Pozo (PLD-Valverde).
La oposición política en la cámara baja ha dado su respaldo a la declaratoria de emergencia nacional solicitada por el presidente Medina.
“Vemos con preocupación la amenaza de crisis sanitaria, como ha ocurrido en otros países. Tenemos que salvar este país de que nos agarre una crisis sanitaria. Deben de facilitarse mil o dos mil camas para los pacientes”, ha expresado desde su curul el diputado, Alfredo Pacheco, portavoz de los diputados del PRM.
En tanto que Henry Merán, de la Fuerza del Pueblo, expresó: “vinimos aquí en una digna y patriótica representación del pueblo dominicano, que pasa por una situación de emergencia y calamidad”.
Su colega del PLD, Gustavo Sánchez dijo que la situación provocada por el coronavirus: “El momentos nos invita a que todos los dominicanos nos abracemos sin banderías política. Estamos amenazados con esta pandemia, el coronavirus. Invitamos a todos los partidos a que hagamos causa común”.
Contenido de la resolución para declarar la emergencia nacional
Disponer las restricciones, por el tiempo estrictamente necesario, a las libertades de tránsito, asociación y reunión, de acuerdo con lo dispuesto en las letras h) y j) del numeral 6 del articulo 266 de la Constitución y los numerales 8 y 10 del articulo 11 de la Ley núm. 21-18, siempre guiados por las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la práctica internacional para prevenir la aglomeración de personas que puedan propagar aún más el COVID-19.
Adoptar las medidas necesarias para garantizar que los centros de salud pública se mantengan provistos de los medios para la prevención y tratamiento de todas las enfermedades y así garantizar la asistencia hospitalaria y la provisión de medicamentos a las personas afectadas por el COVID-19 que lo requieran.
Disponer las medidas necesarias para apoyar a los diferentes sectores económicos nacionales durante el periodo de emergencia como forma de proteger el empleo y los ingresos de los trabajadores.
Además se integrará una comisión bicameral, según los reglamentos de las cámaras legislativas, que se encargará del seguimiento de las actuaciones y medidas tomadas durante el periodo de duración del estado de excepción que se autoriza.
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