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Creen tardía acción JCE con expedientes a funcionarios que intimidan empleados por elecciones

Por Manasés Sepúlveda Hernández

Ante la creciente e inusitada  ocurrencia de funcionarios públicos que intimidan empleados para que voten por candidatos del partido de gobierno, el grito de la opinión pública, la presencia de los observadores de la Organización de Estados Americanos y el reclamo incesante de la oposición, la Junta Central Electoral (JCE) aparentemente ha pasado “de las palabras a la acción” con el envío de dos expedientes a la Procuraduría General de la República por violación a la Ley Electoral.

El organismo comicial informó  que concluyó la inspección sobre denuncias de un vídeo en el que figura Marino Collante,  director del Departamento Aeroportuario, con voz en cuello amenazando a sus empleados para que voten por candidatos oficialistas, el cual se ha hecho viral y que procederá a remitir dicho informe a la PGR para los fines correspondientes.

Asimismo, la JCE informó que ya fueron remitidas a la Procuraduría dos denuncias adicionales sobre compra y venta de cédulas, así como el informe correspondiente al audio en el que supuestamente se escucha la voz de la Alcaldesa del Municipio Esperanza, Ana Jacqueline Peña, efectuando amenazas a los empleados del Ayuntamiento si no la favorecen con votos.

No ha habido precedentes o jurisprudencia en el caso de delitos electorales en el país, ni siquiera existe un ministerio público especializado ni tampoco un procedimiento penal electoral como en otros países.  En otras palabras, se tiene una normativa electoral que menciona los delitos electorales pero no el procedimiento ni la forma de aplicar la sanción del delito electoral.

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Se critica el hecho de que funcionarios del gobierno como Iris Guaba, directora del Plan Social de la Presidencia, la diputada  y ex presidenta de la Cámara Baja, Yomaira Medina, entre otros, de una u otra manera han inducido con promesas para favorecer a candidatos oficialistas.

El artículo 284 numeral 19 de la Ley Electoral 15-19 impone la pena de dos años de reclusión “a los que amenazaren, prometieren o acordaren, directa o indirectamente, separar o rebajar de su categoría o sueldo a un funcionario, empleado público o trabajador privado, o procurare que se le separe o se le rebaje de categoría o sueldo, con el propósito de ejercer influencias sobre las determinaciones de dicho funcionario o empleado en el ejercicio de su derecho electoral”.

Sin embargo, parece que será a partir de estos incidentes cuando se pondrá en marcha la real persecución de la delincuencia electoral, lo que ha despertado las expectativas de quienes condenan esas prácticas de que finalmente se pudiera estar en camino de resolver una de las lacras que afectan los procesos comiciales.

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