Tras decisión Senado a favor Fuerza del Pueblo, PLD solo tiene camino judicial para pelear por puesto en el CNM

Redacción/elCorreo.do
SANTO DOMINGO: El Senado de la República aprobó este miércoles otorgar la segunda mayoría en ese hemiciclo al partido Fuerza del Pueblo, y designó al senador Bautista Rojas Gómez para ocupar un asiento en el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
Luego de esa decisión, al Partido de la Liberación Dominicana (PLD) solo le queda el camino de los tribunales para invocar su alegado derecho a ostentar esa representación que reclama en base al resultado de las elecciones del cinco de julio y no a la composición actual de los bloques senatoriales.
La Cámara Alta acogió así el informe de la Comisión de Justicia de ese hemiciclo que recomendó la reconocerle esa categoría a la FP.
Un informe en ese sentido fue presentado por el organismo senatorial presidido por Antonio Taveras Guzmán, con los argumentos para a favor de la Fuerza del Pueblo, en base a que esa organización tiene actualmente nueve senadores y el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) sólo tres representantes.
Explicó que la decisión se tomó utilizando como base el alcance de disposiciones constitucionales y los reglamentos internos del Senado de la República sobre el número de integrantes de los distintos bloques partidarios.
De inmediato, el PLD rechazó la decisión senatorial afirmando que “ningún senador de la Fuerza del Pueblo cumple con los dos requisitos exigidos por el artículo 178 de la Constitución de la República, pues no pertenecen a un bloque de partidos diferente al del presidente del Senado, ni tampoco ostentan la representación de la segunda mayoría política en ese hemiciclo, ya que dicho partido sólo obtuvo un senador en las elecciones pasadas”.
El mecanismo
El senador Taveras Guzmán expresó que la segunda mayoría en las cámaras legislativas no puede entenderse con la cantidad de votos válidos recibidos por los partidos, porque iría en contra del sistema del Senado.
“Debe vincularse a la composición de cómo quedan los bloques a lo interno del Senado de la República”, señaló.
Añadió que «no es posible tomar como criterio la participación conjunta en las elecciones para determinar la segunda mayoría”.
Legislación y discusión
La discusión que plantean el PLD y sus abogados es que la segunda mayoría tiene que ser determinada por el resultado de las elecciones y no por la composición de los bloques.
Según el artículo 178 de la Constitución de la República, “el Consejo Nacional de la Magistratura está integrado por el Presidente de la República, quien lo presidirá y, en su ausencia, por el Vicepresidente de la República; el procurador general de la República, y por el presidente del Senado, y un senador o senadora escogido por el Senado que pertenezca al partido o bloque de partidos diferente al del presidente del Senado y que ostente la representación de la segunda mayoría”.
También por dos representantes de la Cámara de Diputados en las mismas condiciones que el Senado, así como por el presidente de la Suprema Corte de Justicia y un magistrado o magistrada de ésta, quien fungirá de secretario.
Con la renuncia el pasado sábado del senador por San Pedro de Macorís, Franklin Peña, y su integración a la Fuerza del Pueblo, esta organización tiene nueve escaños contra el PLD que se ha quedado con tres.
Al tomar un turno, Santiago Zorrilla favoreció que la segunda mayoría senatorial se otorgue a la Fuerza del Pueblo, por ser la organización política “con más senadores después del PRM”.
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