Panorama

Abogado Manuel Fermín afirma decisión contra aeropuerto Bávaro demuestra ignorancia de un Estado de derecho

Redacción/elCorreo.do

SANTO DOMINGO: El abogado Manuel Fermín Cabral aseguró que la decisión del Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) contra el proyecto de aeropuerto internacional de Bávaro evidencia una falta de conocimiento de lo que  significa un Estado de derecho.

En un mensaje en su cuenta de la red social Twitter, Fermín Cabral advirtió que la responsabilidad patrimonial del director del IDAC, Román Caamaño Vélez, “es incuestionable”.

Manifestó que “ningún abogado que se respete puede defender la arbitraria resolución del director general del IDAC respecto del Aeropuerto Internacional de Bávaro. Solamente los bots jurídicos”.

El abogado experto en derecho administrativo emitió sus consideraciones a propósito de que el IDAC declaró como lesivo al interés público el proyectado aeropuerto aduciendo que su aprobación violó “los principios, normas y procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico vigente lo cual justifica su nulidad” y ordenó la suspensión de la construcción del mismo.

Sobre el proyecto, Fermín Cabral había hablado de los ataques al mismo indicando que “el apelativo a un discurso pomposo y cargado de elucubraciones (elaborar una divagación complicada y con apariencia de profundidad); que abandona por completo el rigor técnico, centrándose en un triste espectáculo repleto de sinrazones e iniquidades”.

“Un ejemplo de esto es el grandilocuente “ataque” a la juridicidad de algunas de las habilitaciones administrativas que conciernen al Aeropuerto Internacional de Bávaro. Y me refiero específicamente a su licencia ambiental.”

Afirmó que “en vez señalar infracciones concretas al ordenamiento jurídico a propósito de las causales de invalidez que habrán de retenerse para desaparecer un acto administrativo, conforme al artículo 14 de la Ley núm. 107-13, los entuertos que se indican no trascienden más allá de las meras conjeturas y, por supuesto, de las elucubraciones malsanas”.

El abogado indicó que el mayor “ataque” se ha dado a la “extrañeza” de una excepcional urgencia en la expedición de un acto administrativo. “Y hasta deslucidamente se apela, con aires intelectualoides, a comparaciones históricas que en poco o nada ayudan a su apagada causa”.

Puntualizó que “a nadie debe sorprender que el Derecho la “contrariedad a derecho” sea un convidado de piedra en este debate; que no importe y que, más bien, se erija en un desviado instrumento de intereses corporativos.  Y no ha de asombrar, puesto que en la licencia ambiental núm. 0385-20, expedida por el Ministerio de Medio Ambiente el dieciséis (16) de julio de 2020, no se advierten vicios cuya gravedad implique la declaratoria de invalidez de dicho acto”.

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“En otras palabras, no existe siquiera la más mínima alusión, primero, a la categoría o grado de invalidez de la cual supuestamente padecería el acto administrativo de que se trata (nulidad o anulabilidad), a decir del artículo 14 de la Ley núm. 107-13; segundo, a lo que sería aún más importante: la contrariedad a derecho que se le imputaría al acto, más allá insisto de las conjeturas simplistas, de las meras suposiciones producto de un ingenio, podría decirse, novelesco” explicó.

Sobre los cuestionamientos que se han dado de la licencia ambiental que fue emitida en días dijo que según los diferentes ataques “la Administración pública no podía ser eficaz”.

“Los principios de facilitación (art. 3.18, Ley. 107-13), celeridad (art. 3.19, Ley 107-13) y promocional (art. 3.3, Ley 107-13), sin desmedro del derecho de los particulares a obtener una resolución administrativa en plazo razonable (art. 4.3, Ley 107-13) y del derecho a una respuesta oportuna y eficaz de las autoridades administrativas (art. 4.6, Ley 107-13), constituyen escuetos poemas legislativos sin ninguna fuerza normativa, sin exigibilidad; que la buena administración, convertida hoy felizmente en un derecho fundamental y en un paradigma del nuevo derecho administrativo, no tiene razón de ser”, detalló.

Planteó que, aunque parece complicado de entender, “cuestionar que una entidad de derecho público responda eficazmente en los plazos previstos legalmente no puede sino encasillarse como lo que es: un absurdo mayúsculo que, obviamente, no alcanzaría nunca a tener resguardo legal”.

Dijo que el Ministerio de Medio Ambiente tardó 240 en responder la solicitud de la sociedad Aeropuerto Internacional de Bávaro AIB, una comunicación entregada el 19 de noviembre de 2019 y recibida el 16 de julio de 2020.

Aseveró que este detalle no lo afirman los “interesados en perpetuar la abusiva posición de dominio de una infraestructura aeroportuaria que es una facilidad esencial”.

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